miércoles, 28 de diciembre de 2011

CONTRATO GRATUITO y ONEROSO

Esta es una de clasificaciones de contrato que se establece en nuestro código, y se refiere al beneficio obtenido con el contrato.
Art. 1440 c.c. "El contrato es GRATUITO o de beneficencia cuando sólo tiene por objeto la utilidad de una de las partes, sufriendo la otra el gravámen; y ONEROSO, cuando tiene por objeto la utilidad de ambos contratantes, gravándose cada uno a beneficio del otro"

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